Informes de arraigo
Nuestra entidad, a través del CEPI Chamartín, es uno de los tantos centros autorizados por la Dirección General de Servicios Sociales e Integración (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) para realizar informes de integración: arraigo social y socioformativo, esfuerzo de integración y adecuación de Vivienda, para la reagrupación familiar.
Informe de arraigo social y socioformativo:
Lo solicitan aquellas personas extranjeras, que soliciten una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo social cuando no se acredite la existencia de familiares en primer grado y línea directa residentes en España y aquellas personas que soliciten una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo socioformativo.
En ambos casos se requieren acreditar al menos dos años en España de forma continuada (no superar 90 días fuera de territorio español), y que estén empadronadas en la Comunidad de Madrid, al momento de gestionar su solicitud. Este informe es uno de los tantos requisitos que solicita la Delegación del Gobierno de Madrid, para el trámite de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo social y arraigo socioformativo.
En ambos casos es necesario acreditar la participación en el programa " Conoce Tus Leyes".
El informe de arraigo socioformativo no conlleva tasa.
Informe de adecuación de vivienda:
Lo realizan aquellos ciudadanos extranjeros, residentes y empadronados en la Comunidad de Madrid, quienes vayan a reagrupar a un familiar en primer grado (madre o padre, mayor de 65 años, dependiente económico, cónyuge o pareja de hecho, e hija/o) y aquellos con hijos menores de edad que residan en España desde hace al menos dos años. Se debe contar con una vivienda adecuada (de alquiler o propia), que cumpla con las condiciones idóneas, tanto para el solicitante como para su familia. Este informe es requerido por la Delegación del Gobierno en Madrid (extranjería), para los trámites de:
● Autorización inicial de residencia temporal por reagrupación familiar.
● Renovación de dicha autorización si ha modificado su domicilio.
● Regularización de menor no nacido en España.
● Otros supuestos asimilados previstos en la normativa para la obtención de la reagrupación familiar de familiares cuyo familiar reagrupante cuenta con determinadas autorizaciones de residencia y/o trabajo.
Informe de esfuerzo de integración:
Este informe se presentará cuando no se cumplan alguno de los requisitos para la renovación de la autorización de residencia en España. Dicho informe lo emite la Comunidad de Madrid, y se debe estar empadronado/a al momento de realizar la solicitud, y se valorará la participación activa del extranjero/a en áreas formativas, relacionadas al conocimiento y respeto de los valores constitucionales de España, estatutos de autonomía de la Comunidad de Madrid, derechos humanos, valores de la Unión Europea, libertades públicas, el aprendizaje de la lengua, entre otros aspectos.
¿Dónde solicito estos informes?
Las solicitudes de informes de arraigo social, socioformativo, adecuación de vivienda y los informes de esfuerzo de integración se presentarán por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El registro de la Consejería se encuentra en C/ O´Donnell 50.
Metro: O´Donnell, horario de atención para solicitudes: 9 a 14hrs, de lunes a viernes.
Serán dirigidas al Área de Integración de la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales).